¿Qué cursos SSOMA son obligatorios para trabajar en minería en Perú en 2026?

La industria minera es uno de los sectores más dinámicos y a la vez más peligrosos de la economía peruana. Trabajar en una unidad minera no es simplemente llegar con experiencia técnica: la ley exige que todo trabajador —desde el operario de campo hasta la alta gerencia— cuente con una formación certificada en Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (SSOMA). En 2026, este requisito es más vigente que nunca, respaldado por el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, cuya edición actualizada fue publicada por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) en marzo de 2026.

Si estás buscando ingresar al sector minero, renovar tu vigencia laboral o simplemente entender qué exige la norma, este artículo te explica en detalle los cursos SSOMA obligatorios, la base legal que los sustenta y cómo organizarte para cumplir con todos los requisitos.


¿Qué es SSOMA y por qué es obligatorio?

SSOMA es el acrónimo de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. En el contexto minero peruano, este sistema integrado de gestión tiene como objetivo prevenir accidentes, enfermedades ocupacionales e impactos ambientales negativos durante las operaciones mineras.

La obligatoriedad de la capacitación SSOMA en minería nace del Decreto Supremo N.° 024-2016-EM, modificado por el D.S. 023-2017-EM, que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería. Este reglamento establece, en sus artículos 71 al 74, que todos los trabajadores —sin excepción de cargo o jerarquía— deben recibir capacitación en seguridad dentro del horario de trabajo, con cursos específicos determinados según el puesto y la evaluación de riesgos (IPERC) correspondiente.

El incumplimiento de esta normativa puede derivar en sanciones administrativas para el titular minero, paralización de operaciones por parte de OSINERGMIN o SUNAFIL, y en casos extremos, responsabilidad penal en caso de accidentes.


Para entender qué cursos son obligatorios, hay que conocer tres artículos clave del D.S. 024-2016-EM:

Artículo 71: Establece que los titulares de actividades mineras y empresas contratistas deben formular y desarrollar Programas Anuales de Capacitación para todos sus trabajadores en todos sus niveles. Las capacitaciones pueden ser presenciales o virtuales (con evaluación de conocimientos), pero las de carácter práctico deben ser siempre presenciales.

Artículo 72: Establece la inducción obligatoria para trabajadores nuevos que ingresan a una Unidad Minera o Unidad de Producción. Esta inducción sigue el esquema del Anexo 5 del reglamento. Para trabajos de mantenimiento especial que no excedan los 30 días, se aplica el Anexo 4 con una duración mínima de 4 horas, válida por un año para la misma unidad.

Artículo 74: Todo trabajador que no sea nuevo debe recibir capacitación anual obligatoria según los temas del Anexo 6, que es el listado oficial de cursos de Capacitación Básica en Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.


Los 20 Cursos del Anexo 6: La Lista Completa

El Anexo 6 del D.S. 024-2016-EM establece 20 cursos obligatorios de capacitación básica. No todos los trabajadores deben llevar los 20 cursos: el titular minero determina cuáles corresponden a cada puesto según la IPERC. Sin embargo, todos deben estar cubiertos por al menos los cursos relacionados a su área de riesgo. A continuación, la lista completa con las horas mínimas exigidas:

N.°CursoHoras mínimas
01Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional (basado en el Reglamento)3
02Seguridad en la Oficina y Ergonomía3
03Notificación, Investigación y Reporte de Incidentes, Incidentes Peligrosos y Accidentes de Trabajo2
04Respuesta a Emergencias por Áreas Específicas4
05IPERC (Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Controles)4
06Trabajos en Altura4
07Mapa de Riesgos – Riesgos Psicosociales4
08Auditoría, Fiscalización e Inspección de Seguridad2
09Primeros Auxilios3
10Significado y Uso del Código de Señales y Colores2
11Prevención y Protección contra Incendios2
12Estándares y Procedimientos de Trabajo Seguro por Actividades2
13Higiene Ocupacional (Agentes Físicos, Químicos y Biológicos), Residuos Sólidos y Sustancias Peligrosas2
14Manejo Defensivo y/o Transporte de Personal4
15Comité, Reglamento Interno y Programa Anual de SSO3
16Liderazgo Motivacional – Seguridad Basada en el Comportamiento2
17Prevención de Accidentes por Desprendimiento de Rocas3
18Prevención de Accidentes por Gaseamiento3
19El Uso de Equipos de Protección Personal (EPP)3
20Riesgos Eléctricos2

En total, el Anexo 6 contempla hasta 61 horas mínimas de capacitación si se aplican todos los cursos. Sin embargo, la selección depende del análisis IPERC de cada puesto de trabajo.


Cursos Prioritarios Según el Tipo de Trabajador

No todos los roles en minería tienen la misma exposición al riesgo. A continuación, una guía orientativa de los cursos más críticos por perfil:

Operarios de campo (mineros, perforistas, voladores):
Los cursos de mayor prioridad son el de Prevención de Accidentes por Desprendimiento de RocasPrevención de Accidentes por GaseamientoIPERCEPP y Trabajos en Altura. Estos cinco cursos cubren los riesgos más letales en interior mina.

Supervisores y jefes de área:
Además de los cursos operativos, deben priorizar Auditoría, Fiscalización e Inspección de SeguridadGestión del SSOLiderazgo Motivacional y Notificación e Investigación de Accidentes. El supervisor es legalmente responsable de garantizar el cumplimiento normativo en su área.

Personal administrativo y alta gerencia:
Aunque parezca sorprendente, el artículo 74 es explícito: la alta gerencia también debe capacitarse anualmente. Los cursos de Seguridad en la Oficina y ErgonomíaComité y Programa Anual de SSO, y Gestión de la SSO son los más aplicables a este perfil.

Conductores y operadores de maquinaria:
El curso de Manejo Defensivo y/o Transporte de Personal (4 horas) es ineludible para este grupo, junto con Riesgos Eléctricos para operadores de equipos eléctricos pesados.


Inducción Obligatoria para Trabajadores Nuevos

Antes de integrarse a cualquier labor en campo, todo trabajador nuevo debe completar una inducción general siguiendo el esquema del Anexo 5 del D.S. 024-2016-EM. Esta inducción es diferente a los cursos anuales del Anexo 6: es un proceso de orientación inicial que cubre las políticas de seguridad de la empresa, la normativa interna, el uso de EPP y los procedimientos de emergencia específicos de esa unidad minera.

Al concluir la inducción, el Área de Capacitación debe emitir una constancia de aptitud que habilita al trabajador para ocupar su puesto asignado. Sin esa constancia, el trabajador no puede iniciar operaciones. Esta constancia tiene validez solo para la unidad minera donde fue emitida, lo que significa que si el trabajador se traslada a otra mina —aunque sea de la misma empresa—, deberá repetir el proceso de inducción.


Formatos y Modalidades de Capacitación Aceptadas en 2026

Una de las actualizaciones más relevantes del reglamento vigente es la aceptación oficial de capacitaciones virtuales, siempre que incluyan un sistema de evaluación de conocimientos. Esto abre la puerta a plataformas e-learning, lo que resulta muy conveniente para trabajadores de zonas remotas o para quienes están preparándose antes de ingresar a una unidad minera.

No obstante, existe una condición clara: las capacitaciones prácticas deben ser siempre presenciales. Un curso teórico sobre manejo de explosivos puede llevarse virtualmente, pero la práctica en campo es presencial e irremplazable. Las instituciones que ofrecen estos cursos incluyen centros técnicos como TECSUP, el CEO Academy, APSSOMA, ENCAP y el Colegio de Ingenieros del Perú — Consejo Departamental Pasco, entre otros.

Todas las capacitaciones deben realizarse dentro del horario de trabajo, por lo que la empresa es responsable de programarlas sin afectar el descanso del trabajador. Al finalizar cada curso, se emite una constancia de capacitación que tiene validez por el año en curso y únicamente para la unidad minera donde fue expedida.


Consejos para Organizar tu Capacitación SSOMA en 2026

Si eres un profesional que busca ingresar al sector minero o ya trabaja en él y quiere ordenar su formación, aquí van recomendaciones prácticas:

  • Solicita la IPERC de tu puesto antes de inscribirte en cualquier curso. Esta matriz determina exactamente qué cursos del Anexo 6 necesitas.
  • Valida la acreditación del centro de capacitación. No todos los proveedores están reconocidos; asegúrate de que el certificado sea aceptado por el titular minero.
  • Lleva un registro personal de tus constancias. Guarda copias digitales de cada certificado con fecha de emisión, institución y duración.
  • Recuerda la vigencia anual. Los cursos del Anexo 6 se renuevan cada año; no son de por vida. Planifica tu capacitación al inicio de cada año operativo.
  • Prioriza los cursos de alto riesgo. En caso de auditoría por OSINERGMIN o SUNAFIL, los primeros cursos que verifican son IPERC, EPP, Trabajos en Altura y Respuesta a Emergencias.

El Rol del Programa Anual de Capacitación

Cada empresa minera y cada contratista tienen la obligación legal de elaborar un Programa Anual de Capacitación de SSO que incluya una matriz de control. Esta matriz detalla qué cursos recibe cada trabajador según su puesto y la IPERC correspondiente.

Este programa no es un simple trámite interno: debe ser presentado ante las autoridades competentes y puede ser auditado en cualquier momento. Las empresas que no tienen un programa estructurado son sancionadas con multas progresivas según el número de trabajadores expuestos.


Conclusión Práctica

Trabajar en minería en Perú en 2026 implica mucho más que habilidades técnicas. El cumplimiento del Anexo 6 del D.S. 024-2016-EM es un requisito legal no negociable que protege tanto al trabajador como a la empresa. Con hasta 20 cursos obligatorios disponibles, la clave está en identificar correctamente los que aplican a tu puesto mediante la IPERC, elegir instituciones de capacitación reconocidas y mantener tus constancias vigentes año a año. La seguridad en minería no es un gasto: es la inversión más rentable que puede hacer cualquier profesional del sector.

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